Es común que con el tiempo, queramos modificar nuestra sociedad. Como el mercado, las actividades societarias son un mundo en constante movimiento; sujetas a nuestras necesidades y demandas. En efecto, proyectar nuestra sociedad de forma estática y permanente es prácticamente inviable y poco recomendable.
A continuación te explicamos cuáles son los cambios más comunes a la hora de modificar una sociedad y qué tan cierto es que se necesite un abogado para realizarlo.
Cuando hablamos de modificar una sociedad nos referimos a los cambios que se realizan en el contrato originalmente firmado. Los cambios pueden efectuarse por distintas razones; así como existen diferentes tipos de modificación.
De acuerdo a esto, es importante tener en cuenta que toda modificación debe realizarse igual forma en que fue constituida la sociedad. En otras palabras, tendrá que utilizarse la misma escritura pública y su extracto de inscripción en el Registro de Comercio. De no ser así, la modificación no será considerada.
Entendiendo esto, las modificaciones más comunes realizadas a una sociedad son las siguientes:
Los pasos a seguir para realizar cualquier modificación a una sociedad, dependen del tipo de sociedad que tengamos y de la forma en que esta fue constituida en sus orígenes.
De acuerdo a esto, no basta con modificar el contrato societario. Para esto, se necesita cierto conocimiento jurídico previo, especialmente para redactar la modificación, el extracto, y la inscripción en el Conservador. Asimismo, es fundamental contar con experiencia para realizar los trámites correspondientes a la constitución y despachar la documentación.
Si bien no es un requisito, lo recomendable siempre es contar con la asesoría de un abogado tanto para constituir una sociedad así como para modificarla. Con su ayuda, evitaremos cualquier tipo de malentendido o despropósito y ganaremos tiempo.
En el caso de que se desee realizar la modificación por cuenta propia, se deberá completar el siguiente formulario del SII.