Contratar freelancers, consultores o prestadores de servicios es una práctica habitual en muchas pymes. Sin embargo, existe un riesgo que suele pasar desapercibido: que una relación que parece comercial termine siendo considerada laboral.
La razón es simple. En Chile, el nombre del contrato no determina por sí solo la naturaleza del vínculo. Aunque exista un contrato de prestación de servicios, si en la práctica aparecen elementos de subordinación y dependencia, la Dirección del Trabajo (DT) o los tribunales pueden concluir que existe un contrato de trabajo.
Por eso, antes de contratar a un proveedor independiente, conviene entender qué significa subordinación y dependencia, qué señales generan riesgo y cómo estructurar correctamente la relación.
La subordinación y dependencia es el principal criterio utilizado por la legislación laboral chilena para distinguir un contrato de trabajo de una prestación de servicios independiente.
En términos simples, existe subordinación y dependencia cuando una persona presta servicios bajo dirección, control y supervisión de otra, siguiendo instrucciones y formando parte de la organización de la empresa.
Por eso, cuando la DT analiza una relación contractual, no se queda únicamente con el documento firmado. Lo que realmente observa es cómo funciona la relación en la práctica.
El Código del Trabajo establece que existe contrato de trabajo cuando una persona presta servicios personales bajo subordinación y dependencia a cambio de una remuneración.
Además, el artículo 8 incorpora un elemento especialmente relevante: cuando se verifican estos hechos, se presume la existencia de una relación laboral, independientemente del nombre que las partes hayan dado al contrato.
Por eso, una prestación de servicios independiente puede ser recalificada como contrato de trabajo si la realidad demuestra la existencia de subordinación y dependencia.
La Dirección del Trabajo ha señalado que la subordinación y dependencia suele manifestarse a través de distintos elementos que, analizados en conjunto, permiten determinar la existencia de una relación laboral.
Entre los más frecuentes se encuentran:
Hoy estos elementos también pueden aparecer en modalidades remotas o digitales mediante reuniones obligatorias, control permanente de disponibilidad, reportes diarios o seguimiento constante de actividades.
Muchas pymes confunden ambas figuras porque en apariencia pueden parecer similares. Sin embargo, la diferencia principal está en la autonomía.
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Contrato de servicios |
Contrato de trabajo |
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Se orienta a resultados o entregables |
Se orienta a funciones permanentes |
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Existe autonomía en la ejecución |
Existe subordinación y dependencia |
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El prestador organiza su trabajo |
El empleador organiza el trabajo |
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No existe jefatura directa |
Existe dirección jerárquica |
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Puede trabajar para distintos clientes |
Generalmente trabaja para un empleador |
Esta diferencia es fundamental para evitar contingencias laborales futuras.
La existencia de una sola señal no necesariamente implica que exista una relación laboral. Sin embargo, cuando varias se acumulan, el riesgo aumenta considerablemente.
La redacción por sí sola no elimina riesgos, pero ayuda cuando refleja correctamente una relación independiente.
Describir entregables concretos y medibles.
Permitir que el prestador organice la forma de ejecución.
Evitar conceptos propios de relaciones laborales.
Relacionar pagos con entregables, proyectos o hitos.
Solo cuando exista una razón objetiva para ello.
Algunos errores frecuentes son:
Estos errores suelen ser el origen de futuras reclamaciones laborales.
Si una prestación de servicios es recalificada como relación laboral, las consecuencias pueden ser significativas.
Entre ellas:
En algunos casos, incluso puede aplicarse la denominada nulidad del despido cuando existan cotizaciones impagas.
Antes de contratar a un prestador de servicios, pregúntate:
Si respondes "sí" a varias de estas preguntas, conviene revisar la estructura de la relación.
Es la situación en que una persona presta servicios bajo dirección, control y supervisión de otra, característica principal de una relación laboral.
Sí. La DT y los tribunales analizan los hechos por sobre el nombre del contrato.
La recalificación del vínculo puede generar pago de cotizaciones, multas, indemnizaciones y otras obligaciones laborales.
Un contrato de prestación de servicios puede ser una herramienta válida para trabajar con proveedores independientes, consultores o freelancers. Sin embargo, su eficacia depende de que la operación diaria sea coherente con esa independencia.
Comprender qué significa subordinación y dependencia permite reducir riesgos, tomar mejores decisiones de contratación y proteger tanto a la empresa como a quienes prestan servicios para ella.