Contrato de prenda civil: usos, derechos y obligaciones

El contrato de prenda civil es un contrato a través del cual se entrega un bien mueble a un acreedor para seguridad de su crédito. En otras palabras, al celebrar un contrato de prenda civil el acreedor podrá perseguir la prenda, retenerla o pagarse con ella si el deudor no cumple con sus obligaciones. En el caso de que se haya pagado conforme el crédito, el acreedor deberá devolver la prenda.

Derechos y obligaciones del acreedor

El acreedor tendrá el derecho de:

 

    • Retener o conservar la prenda hasta que todo el crédito se haya pagado.
    • Perseguir al acreedor en el caso de que este deje de tener la prenda. En este escenario, el acreedor podrá tomar acciones en contra de la persona (incluyendo al deudor) que la tenga, y así poder recuperarla.
    • Vender la prenda si el acreedor así lo solicita para saldar la deuda. En este caso, la venta deberá efectuarse a través de una subasta pública.
    • Preferencia, es decir, la prenda otorga un privilegio de segunda clase.
    • Indemnización de Gastos y Perjuicios, lo que implica que el acreedor tenga que incurrir en gastos si la prenda así lo reclama. Estos gastos deben ser reembolsados por el deudor. La prenda también puede provocar perjuicios para el acreedor, los que también deben reembolsarse.
    • Restituir la especie prendada una vez se hayan pagado la deuda, los gastos y perjuicios.
    • Conservar la prenda.
    • No usar la prenda sin consentimiento del deudor.

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Derechos y obligaciones del deudor

Entre los derechos y obligaciones del deudor se encuentra el derecho a:

 

  • Recibir de vuelta la prenda, de lo contrario, podrá actuar en contra del acreedor o contra terceros para reclamar su restitución.
  • Solicitar la restitución inmediata en caso de que el acreedor abuse de la prenda.
  • Solicitar reemplazo de la prenda.
  • Solicitar indemnización en caso de que la prenda haya sufrido daños por culpa del acreedor.
  • Vender la prenda o a constituir derecho al goce o tenencia de la cosa.
  • Asistir a la subasta de la prenda.
  • Impedir el remate, pagando la deuda completa y los gastos de venta.

 

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