Todo sobre la Boleta de Honorarios

¿Qué es una boleta de honorarios?

La boleta de honorarios es un documento tributario electrónico (DTE) que refleja y respalda los pagos por servicios esporádicos de forma independiente, cabe señalar que cuando el trabajador independiente no cuenta con un inicio de actividades y no puede realizar esta boleta de honorarios, es la empresa quien se encarga de realizar una boleta de prestaciones de servicios de terceros.

 

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Emisión de honorarios

El contribuyente puede emitir Boleta de Honorarios Electrónica en el sitio web del SII sii.cl, menú Boleta de Honorarios Electrónica.

 

Para más ayuda e información , puede visitar el siguiente link en donde encontrara los pasos a seguir para la emisión: https://www.sii.cl/como_se_hace_para/boletas/emitir_boleta_electronica.pdf

 

¿Quién puede pagar una Retención?

 

Cuando un contribuyente de la segunda categoría de la Ley sobre Impuesto a la Renta (ejercicio de actividades profesionales) emite una Boleta Honorarios Electrónica, a través de www.sii.cl, menú Boleta de Honorarios Electrónica, a partir de las opciones definidas para tales fines, el sistema le pedirá que se marque una de las siguientes alternativas:

 

  • El receptor de la boleta actuará reteniendo el 11,50% del total de los honorarios.
  • El propio contribuyente emisor será quien se encargue del pago de la retención correspondiente también al 11,50%.

 

En la primera opción, la empresa receptora de la Boleta de Honorarios Electrónica ha retenido el 11,50% de los honorarios, por lo que el profesional emisor no debe realizar ningún tipo de declaración mensual, puesto que la obligación tributaria la cumple la empresa que recibe el servicio, reteniendo y enterando al fisco tal porcentaje.

 

Por su parte, en la segunda situación, es el profesional quien debe declarar y pagar, en carácter de PPM, el 11,50% de los honorarios cobrados al cliente. Para ello, debe realizar la declaración respectiva en el Formulario 29 de Declaración Mensual y Pago Simultáneo de Impuestos, más conocido como de IVA.

 

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Libro de honorarios

El libro de honorarios es el registro contable que recopila las Boletas de Honorarios emitidas y recibidas de la empresa, en un período determinado, siempre se realiza mensualmente.

 

En este libro se registran las Boletas de Honorarios, mes y año del libro, fecha de emisión de la Boleta de honorarios (en orden cronológico de emisión), nombre del profesional emisor de la Boleta de Honorarios, RUT del prestador de servicios, detalle de la prestación de servicios a honorarios, monto bruto de la prestación de servicios a honorarios, impuesto retenido, y el líquido a pagar por la prestación de servicios a honorarios.

 

Sobre las Retenciones...

Es importante saber que se origina una retención de impuesto al momento de emitir un honorario por un 11,5% y que desde el año 2020 se irá aumentando gradualmente hasta un 17% en 2028.

 

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Escala gradual de aumento de retención

 

¿Y para quiénes aplica este aumento de retención?

 

  • Para todos quienes emiten boletas de honorarios, ya sea de manera electrónica o en papel, y a los emisores de boletas de prestación de servicios de terceros.
  • En el caso de que emitan boletas en papel, es tu deber realizar el cálculo con la retención del 11, 50%; en cambio, si lo haces de manera electrónica en el portal del SII, el mismo sitio web hará el cálculo de manera automática.
  • Si no estás obligado a cotizar, la retención se destinará, según corresponda, en abril de cada año al pago de impuestos y/o a su devolución.



Sobre el cálculo de una retención, dependerá del tipo de acuerdo que tenga el que solicita el servicio con el que presta el servicio, ya que este puede ser de dos formas:

 

  • Retiene el impuesto quien recibe la Boleta de Honorarios, el cual es declarado y pagado por medio del Formulario N°29 correspondiente a la empresa.

  • Quien emite la boleta de honorarios se encarga de retener, declarar y pagar el impuesto por medio del F29.

Anulación y Observación de BHE

Se puede realizar una anulación en caso de que un contribuyente, por razones justificadas necesiten dejar sin efecto una boleta de honorarios emitida, para ello debe seguir los siguientes pasos : https://www.sii.cl/como_se_hace_para/boletas/anular_boleta.pdf

 

Es importante que el receptor (quien retiene el 11,5%) también esté de acuerdo, en caso de que no, podrá manifestarlo al SII y la anulación no se hará efectiva.

 

Para el caso de la observación, se podrá observar las Boletas de Honorarios Electrónicas que han sido emitidas a su Rut y que a su juicio no corresponda su emisión.

 

Tenga en cuenta que la acción de observar no es reversible, por lo cual una vez observada la boleta no se puede activar nuevamente.

 

De observar una por error, debe contactarse con el emisor de la Boleta de Honorarios Electrónica y de mutuo acuerdo emitir una nueva.

 

Para más información visite: https://www.sii.cl/preguntas_frecuentes/boleta_honorario_electr/arbol_faqs_boleta_honorario_electr_1505.htm.

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