Nueva cláusula para acelerar pagos

Todos los deudores que no hayan cumplido con los pagos pactados dentro del tiempo estipulado, tendrán la obligación de hacerlo gracias a la cláusula para acelerar pagos. En ese sentido, esta cláusula permite actualmente a las instituciones financieras exigir el pago de los deudores cada vez que haya un atraso o incumplimiento en el pago. 

Las cláusulas para acelerar pagos además de encontrarse en los contratos entre privados (no bancos), también pueden ocuparse en documentos civiles, estableciéndose que frente al incumplimiento en el pago la obligación se considerará vencida y se tendrá la facultad para cobrar la totalidad de la deuda. 

Cláusula de cobertura en caso de fallecimiento del asegurado

Las cláusulas de cobertura adicional en caso de fallecimiento del asegurado son muy utilizadas por las empresas aseguradoras para realizar el pago de las deudas del titular del seguro principal y que no se encuentren amparadas específicamente por un seguro de desgravamen.

nueva-clausula-para-acelerar-pagos

Paso a paso para redactar una cláusula de cobranza

En cualquier caso, es sumamente importante que la cláusula se escriba en términos facultativos y no imperativos, de este modo no deja lugar para segundas interpretaciones y permite así al acreedor cobrar la deuda total o parcialmente. Siguiendo este consejo, en el contrato deberás señalar claramente las partes involucradas, la vigencia, el plazo y modo de pago; entre otras cosas. 

El detalle de cada una de las cláusulas que deben ser incluidas en el contrato son las siguientes:

  1. Partes involucradas: seas tú el titular o tu representante legal, así como tu contraparte.
  2. Vigencia: si se regirá por el mismo período que el contrato principal, o tendrá una fecha de vencimiento diferente.
  3. Plazo de pago: si es diario, semanal, mensual, trimestral o anual.
  4. Modo de pago: en efectivo o mediante títulos de valores como letras, cheques, pagarés, facturas.
  5. Intereses y multas: definir según el plazo de atraso del pago de la deuda.
  6. Prescripciones de los documentos legales: el cheque y los vale vista tienen fecha de vencimiento, y podrían caducar antes de que la totalidad de la deuda quede cancelada.
  7. Cláusula de reconocimiento de deuda: si acuerdas con el cliente la posibilidad de que demore en pagar sin que rija una multa o interés, añade la opción de firmar una cláusula que reconozca la demora y el monto total de ésta.
  8. Firma ante notario: deja claramente estipulado que tanto el contrato como la cláusula serán autorizadas ante notario dentro de un período de tiempo definido. Recuerda que sin este respaldo legal el cobro de una deuda impaga se complica.
  9. Resoluciones judiciales: añade al escrito que en caso de desavenencias o situaciones que contravengan el contrato base y la cláusula de cobranza serán resueltas en los tribunales de justicia.


¡Conoce más de Mis Abogados!





Deja tu comentario