Guía Completa: Cómo crear una Pyme en Chile

¿Quieres emprender y no sabes por dónde empezar? 

Sabemos que a veces tanta información puede llegar a ser abrumadora; pero recuerda que crear tu empresa desde cero y verla crecer es muy satisfactorio, sin embargo, saber que lo estás haciendo bien es sentar las bases para que tenga éxito en el futuro. Así mismo te estarás facilitando la vida de emprendedor y estarás eliminando posibles obstáculos de tu camino que pueden llegar a resultar muy costosos. Continúa leyendo la guía completa: cómo crear una Pyme en Chile, para emprender a la buena ¡Empecemos! 

Contenido:

  1. Crear una empresa
  2. Pasos para crear empresa
  3. Digitalizando tu Pyme

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Lo primero que debes saber es si tu negocio por definición es una Pyme, pues sabemos que las Pequeñas y Medianas Empresas han sido denominadas por el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo Chileno como aquellas que venden entre 2.400 UF a 100.000 UF al año, en donde una Unidad de Fomento, que es un índice avalado por el Banco Central de Chile para fines financieros, es equivalente a aproximadamente $34,391 CLP (a octubre, 2022).

¿Crear una empresa como Persona Natural o como Persona Jurídica? 

Según la Biblioteca del Congreso Nacional de Chile, la Persona Natural corresponde a la persona física, mientras que la Persona Jurídica es una persona ficticia compuesta por dos o más personas naturales y ambas son capaces de ejercer derechos y contraer obligaciones civiles, y de ser representada judicial y extrajudicialmente. El fin de las personas que componen a la Persona Jurídica es tener socio-actividades.  Ambos tipos de Personas cuentan con características particulares y en su caso ventajas cuando se trata de crear una empresa. 

 

La Persona Natural deberá:

  • Declarar ante el Servicio de Impuestos Internos (SII) la Indicación de Actividades,
  • Obtener su Rol Único Tributario,
  • Ser el responsable de ejercer los derechos y obligaciones de la empresa, 
  • Puede ser una Empresa unipersonal, que como su nombre lo indica consta de una sola persona quien es el dueño y quien opera la empresa,
  • Microempresa familiar, si bien puede pertenecer a una o más personas naturales, se caracteriza por el uso del domicilio particular como ubicación para prestar los productos o servicios de la actividad que realiza. 

 

La Persona Jurídica deberá:

  • Constituir la sociedad ante un notario para la obtención de las escrituras públicas,
  • Declarar ante el Servicio de Impuestos Internos (SII) la Indicación de Actividades bajo la cual operará,
  • Inscripción ante el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces (tomar en cuenta que esto tiene un costo relacionado al capital registrado)
  • Publicación en el Diario Oficial 60 días posteriores a la publicación de las escrituras. 

 

Entonces... ¿Cuáles son los pasos?, aquí te contamos:

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Hoy en día existen dos formas de constituir una empresa en Chile:

1.- Constitución de la Sociedad:

    1. Ante un notario para la obtención de las escrituras públicas, a continuación te compartimos las Sociedades Comerciales en Chile para que puedas identificar la que más le funcione a tu negocio: 

    2. Empresa Individual de Responsabilidad Limitada 

    3. Sociedad por Acciones 

    4. Sociedad Anónima 

    5. Sociedad Colectiva Comercial

    6. Sociedad en Comandita por Acciones

    7. “Tu empresa en un día” Si, escuchaste bien, es una iniciativa por parte de la Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño que permite constituir empresas en un día de forma fácil, rápida y sin costo. Deberás contar con los datos de la sociedad que quieres crear, información de los socios que la constituirán y a su vez, ellos deberán firmar con sus respectivas Firmas Electrónicas Avanzadas. Te invitamos a visitar la página de Chile Atiende para más detalles. 

2.- Registro de Comercio:

En la página del Conservador de Bienes Raíces de Santiago (CBRS) deberás registrar la escritura de la sociedad constituida y de esta forma tu empresa quedará registrada en el Registro de Empresas y Sociedades de Chile.

3.-Publicación en el Diario Oficial de la República de Chile:

Los pasos a seguir publicados en su página son: 

  1. Solicitar al Notario donde se generó el extracto que lo envíe electrónicamente al Diario Oficial (los notarios conocen el procedimiento).

  2. Conéctese con su Rol Único Tributario y Clave de usuario.

  3. Seleccione el botón rojo “Publicar” y luego “Sociedades”

  4. Seleccionando el Notario donde se generó su extracto, ingresando el Código del Extracto ubicado bajo el código de barras al final de éste y presionando el botón “Buscar”.

  5. El valor de la publicación es de 1 UTM por cada extracto, salvo que el capital de la sociedad sea inferior a 5.000 UF, en cuyo caso la publicación estará exenta de pago.

  6. Una vez requerida y pagada si procede, la publicación se realizará el día hábil subsiguiente.

  7. Para obtener tu Rol Único Tributario podrás hacerlo en línea dentro de la misma página del Diario Oficial, puedes hacer click aquí. 

4.-Inscripción al Rol Único Tributario e Inicio de Actividades:

Para comenzar tus actividades fiscales, deberás llenar y presentar el Formulario 4415 del Servicio de Impuestos Internos dentro de los dos primeros meses que comiences a operar. 

5.-Timbraje de Documentos tributarios:

Todo contribuyente deberá generar este timbraje. El Servicio de Impuestos Internos pone a tu disposición una guía sobre “¿Cómo se hace el timbraje de documentos?”

6.-Solicitud de permisos y patentes:

Los cuales son emitidos por distintas entidades puesto que depende del giro de tu negocio y también son reguladas por Direcciones, Secretarías y Ministerios dependiendo de la industria. Seguido de ello deberás obtener tu Patente Comercial, la cual según la BNC se le denomina como “el permiso necesario para emprender cualquier actividad comercial que necesita un local fijo”. De la misma forma existen diferentes tipos de patentes que podrás consultar en la Guía Legal sobre Patentes.

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Digitalizando tu Pyme

El 1º de marzo del 2021 entró en vigor la implementación de la Boleta Electrónica que sustituye todas aquellas que fueran boletas de papel, aplazando la obligatoriedad hasta el 31 de marzo. De esta forma todos los contribuyentes deberán emitir boletas electrónicas inscribiéndose a algún sistema de emisión de boletas, así mismo el SII pone a disposición de los contribuyentes la aplicación gratuita para hacerlo. Puedes hacerlo inscribiéndote aquí. 

 

Las implicaciones de esta boleta electrónica y obligatoria son:

  • Emitir una boleta en formato electrónico únicamente. 
  • Enviar una copia al SII.
  • Enviar diariamente el resumen de ventas al SII.
  • Indicar separadamente el IVA y otros impuestos de la boleta. 

 

Para más información en el proceso de la transformación de tu negocio al mundo digital, te invitamos a visitar la página oficial del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo - Digitaliza tu Pyme donde encontrarás una gran variedad de herramientas de apoyo como capacitaciones y servicios que te ayudarán a transformarte digitalmente. 

 

Así mismo, en Valor Pyme podrás encontrar soluciones para tu Pyme en cualquier etapa de crecimiento en la que estés, ya sea que vayas empezando o requieras servicios más especializados. 

 

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