Pasos para interponer una demanda cuando el deudor desconoce la deuda o la firma

Que un deudor no reconozca la firma o la deuda es sumamente común. Frente a un escenario como este, lo primero será interponer una demanda civil con el fin de agotar todas las instancias prejudiciales.

 

A continuación te describimos el proceso, los plazos y las alternativas existentes en el caso de que el deudor se niegue a pagar.

pasos-para-interponer-una-demanda

 

Pasos para interponer una demanda civil por deuda

Presentar la demanda

Lo primero que deberás hacer es presentar la demanda en un juzgado, la cual será enviada al deudor a modo de notificación. Una vez el deudor es notificado, tendrá un plazo de 15 días hábiles para contestar (18 días en el caso de que se encuentre fuera de la comuna).

 

Conciliación

El acreedor tiene un plazo de 6 días para réplica y 6 para dúplica, es decir, última defensa o argumentación, donde tendrá que rendir las pruebas que considere pertinentes. Cumpliéndose los plazos señalados, el juez buscará la forma de que el problema se resuelva mediante conciliación de ambas partes.

 

Etapa probatoria y sentencia

En el caso de que no exista acuerdo, se abrirá un período probatorio de 20 días (con posibilidad de ampliación). En esta instancia ambas partes tendrán la posibilidad de presentar nuevas pruebas o antecedentes, las cuales serán recepcionadas por el juez, quien deberá dictar una sentencia y notificar a las partes.

 

Recurso de apelación

En el caso de que alguna de las partes no quede satisfecha con la sentencia, podrá presentar un recurso de apelación al Tribunal de Apelaciones o un recurso de casación cuestionando el proceder legal del juez o el procedimiento seguido en el juicio. Si no hay objeciones, se deberá cumplir el fallo pronunciado por el Tribunal de Apelaciones.

 

Remate

En el caso de que el deudor no tenga cómo pagar la deuda, se ordenará el remate o subasta de sus bienes hasta reunir el total de la deuda (y los gastos correspondientes al juicio). Es importante tener en cuenta que cuando el deudor no tiene cómo pagar la deuda, el remate puede ser una solución bastante larga.

 

Preparación de la defensa

La preparación de la defensa es quizás uno de los procesos más relevantes si queremos que la devolución de la deuda sea beneficiosa y rápida. Es por esto que te recomendamos organizar bien tus argumentos y preparar respuestas completas en el caso de que el deudor niegue la deuda.

 

A continuación te dejamos una lista de consejos para sortear cualquier imprevisto durante el proceso:

 

  • Asesórate por un abogado especialista en juicios ordinarios por cobro de deudas.
  • Reúne todos los documentos y pruebas relacionadas con la deuda. Estas pueden ser primeras cotizaciones hasta correos o cartas en la cual le mencionas que ha vencido el plazo para pagar o bien le recuerdas la deuda.
  • Organiza tus documentos y antecedentes de forma cronológica, y facilita su lectura o revisión, destacando los hitos importantes.
  • Especifica el número de documentos públicos o privados que tengan relación con cada hecho, así como si están o no a tu disposición (puede haber una copia perdida, por ejemplo).
  • Pon a disposición los nombres y apellidos de testigos que hayan constatado los hechos.
  • Sé claro y directo al argumentar. No permitas que las emociones intervengan tu defensa. Recuerda: el juez evaluará hechos y pruebas, no sentimientos.

 

pasos-para-interponer-una-demanda

 

Cuando el cliente se niega a pagar

Si habiendo hecho todo lo anterior, el cliente se niega a pagar, te recomendamos optar por la vía judicial ordinaria. Esta última te ofrece más garantías y respaldos que la instancia privada. Al igual que en el proceso anterior, es imprescindible que reúnas los documentos oficializados con la firma de un notario.

¡Conoce más de Mis Abogados!



Deja tu comentario